La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) tipifica como infracción grave no cumplir con las obligaciones de coordinación de actividades empresariales, tanto para la empresa principal como para las subcontratas. Las sanciones económicas por infracción grave en materia de prevención pueden superar los 40.000 euros según la gravedad y reincidencia.
¿Quién responde: la principal o la subcontrata?
Ambas, aunque por motivos distintos. La empresa principal tiene el deber de vigilancia: debe comprobar que sus subcontratas cumplen la normativa de PRL antes de darles acceso al centro de trabajo. La subcontrata, por su parte, responde de tener a su plantilla formada, asegurada y dada de alta. Un fallo documental de la subcontrata puede acabar salpicando también a la principal si no puede demostrar que hizo esa comprobación.
Qué revisa habitualmente la Inspección de Trabajo
En una inspección de obra o centro de trabajo, lo primero que se suele pedir es la relación de empresas presentes y, para cada una, la acreditación de formación en PRL de sus trabajadores, el TC2, y el seguro de responsabilidad civil. Si la empresa principal no puede aportarlo en el momento, la sanción es prácticamente automática.
La mejor prevención: tenerlo siempre a mano
La forma más eficaz de evitar una sanción no es reunir la documentación cuando llega la inspección, sino tenerla siempre actualizada. Con DocuVigía, cada obra tiene su propio checklist de documentación exigida y un panel que muestra en tiempo real qué trabajadores de qué subcontrata cumplen y cuáles no — antes de que llegue nadie a preguntarlo.