El Real Decreto 614/2001 establece las disposiciones mínimas para proteger a los trabajadores frente al riesgo eléctrico, y distingue entre trabajadores autorizados y trabajadores cualificados según su nivel de formación y experiencia. Esta distinción no es solo teórica: determina qué tareas puede realizar cada persona.
Trabajador autorizado vs. cualificado
Un trabajador autorizado ha recibido formación específica sobre los riesgos del trabajo eléctrico y puede realizar ciertas tareas bajo procedimientos definidos. Un trabajador cualificado, además, tiene conocimientos técnicos especializados que le permiten evaluar riesgos y tomar decisiones no cubiertas por los procedimientos estándar. Solo puede desempeñar cada función quien tiene la acreditación correspondiente.
Qué documento lo acredita
No existe un único carné oficial: la acreditación suele consistir en un certificado de formación emitido por un centro autorizado, que indica el nivel alcanzado (autorizado o cualificado) y, en muchos casos, la fecha de la formación. Las empresas principales que exigen esta documentación en la CAE suelen pedir también una fecha de renovación periódica.
Un documento más en el checklist de obra
En instalaciones eléctricas y mantenimiento industrial, esta formación suele ser de las primeras que se piden al dar acceso a un centro de trabajo. DocuVigía te permite incluirla como tipo de documento exigido en cualquier obra, con su propio semáforo de caducidad, junto al resto de la documentación de cada trabajador.